Sebastián pinchará definitivamente la burbuja fotovoltaica con un Real Decreto la semana próxima

Sebastián pinchará definitivamente la burbuja fotovoltaica con un Real Decreto la semana próxima

Gonzalo Garteiz.– El Ministerio de Industria que encabeza Miguel Sebastián ya ha redactado el Real Decreto con el que modificará el régimen de primas de las energías renovables, cuyo borrador ha sido enviado al Consejo de Estado, una vez que ha incorporado algunas recomendaciones que le hiciera la Comisión Nacional de la Energía. El gran perdedor, aunque sin consumarse la tragedia de hacer retroactiva la reducción de primas, ha sido la energía solar fotovoltaica, cuyo brutal crecimiento suponía un obstáculo insuperable para frenar el déficit de tarifa, que debería ser nulo en 2013. De hecho el decreto está un tanto deformado en sus aspectos técnicos por la exigencia de recortar el desmadre de las solares. Algunos expertos consideran que, finalmemte, Sebastián ha comenzado a poner orden en el delirio de las renovables, cuya participación en el conjunto de la generación eléctrica ha alcanzado ya el objetivo fijado por la Unión Europea más allá del 2015.

Industra se ha cuidado muy mucho de recalcar que las medidas "salvaguardan la seguridad jurídica", no incluyendo la retroactividad en la rebaja de primas, de las inversiones y el principio de "rentabilidad razonable", principios esgrimidos por todos los lobbies de las renovables, incluyendo embajadas tan poderosas como la de Estados Unidos, para presionar en pro de medidas suaves o de la inacción, esgrimiendo el argumento de que España es un país que "lidera" las energías renovables, cuando lo cierto es que las lidera en dinero público recibido, pero no en tecnología, donde sólo un puñado de empresas ha invertido realmente dinero.

Para hacerse una idea del desmadre originado por las generosas primas que paga el Estado a los productores de energías renovables y, fundamentalmente, a los de fotovoltaica, hay que dar algunas cifras. El Plan de Energías Renovables del quinquenio que termina este año era de 371 megawatios, y en el año 2008 ya se habían superado los 3.300 megawatios, como consecuencia del gran error legislativo que supuso el Real Decreto 661/2007, que ahora se enmienda. Según datos del propio ministerio, la tarifa regulada por ese decreto, todo un gol colado al ex secretario de Energía Ignasi Nieto, era de 460 euros el megavatio, un precio que multiplica por diez el del mercado.

Esta fiebre del oro, con cargo al bolsillo de los ciudadanos, ha sido contabilizada por la Comisión Nacional de la Energía, CNE, en casi 6.000 millones de sobrecoste en la tarifa para este año, cuando en 2007, siendo alto, sumaba 2.200 millones de euros. De los 6.000 millones, más de un tercio se lo llevan las fotovoltaicas.

La modificación legal prevista para ser publicada en el BOE a comienzos del próximo mes regula también nuevos requisitos técnicos y administrativos, que optimicen las instalaciones, teniendo en cuenta que ahora mismo la producción de energía eléctrica en España corresponde en un 25% a las renovables.

El proyecto del Real Decreto, que casi con seguridad no sufrirá variaciones una vez superado el trámite del Consejo de Estado, cambia el anterior de 2007 en algunos puntos relevantes. A todas las renovables les afecta el cambio del artículo 4, con el fin de evitar que las instalaciones modernizadas con tecnologías más eficientes cobren la prima que estaba destinada a cubrir los costes de una instalación nueva.

Se establece un criterio único aportado por Industria, para el concepto de modificación sustancial, que antes podía dar lugar a interpretaciones diferentes según la comunidad autónoma que lo tratase. También se amplía el control sobre la agrupación de instalaciones, en especial de los huertos solares y se les obliga a soportar los huecos de tensión, que originan problemas en la red.

La entrega de documentación deberá ser telemática con el fin de agilizar todo el procedimiento. Hasta ahora, y en buena medida, para dificultar los controles, los particulares y las empresas de estas energías apenas utilizaban la transmisión electrónica. El ministerio cifra en un 4% el total de los expedientes que no utiliza el papel. Los complementos para reactiva también serán modificados, siendo este asunto uno de los que las empresas de eólicas no aceptan por estar fuera de los acuerdos alcanzados con el ministerio en julio. Al respecto hay que señalar que la rebaja temporal hasta 2013 en el 35% de la prima que la industria eólica pactó con Industria en verano, tampoco va en el Real Decreto, aunque se espera que en un posterior desarrollo se negocie junto a otras medidas.

Hay que tener en cuenta que el nuevo Real Decreto está pensado sobre todo para las fotovoltaicas, a las que se limita el derecho de percepción de prima "chollo" a los primeros 25 años del parque ya que se considera un plazo razonable de amortización de la inversión. La supresión del derecho a prima para las eólicas y termosolares con potencias superiores a 50 megavatios se mantiene, y se excluyen expresamente las instalaciones de tratamiento y reducción de residuos con cogeneración del complemento por eficiencia por incompatibilidad con la directiva europea de fomento de la cogeneración, según Industria.

La unificación de criterio de modificación sustancial de una instalación (modernización) era una de las peticiones de la industria de cogeneración, que es la única, junto a la biomasa que va retrasada respecto a los planes de potencia, entre otras cosas por las diferencias de criterio a la hora de primar "los planes renove" de esta industria.

El intento por mejorar el I+D de estas energías se plasma en el caso de la eólica en tierra (la marina no se trata de momento) en el cupo de 160 megawatios que Industria concede con derecho a un régimen económico adicional al que retribuye el mercado. Este cupo será para instalaciones que aporten I+D nueva. Las instalaciones a las que se prima serán las experimentales en las que el fabricante sea el mayoritario, lo que permitirá dar un trozo del pastel a empresas con fábrica, muy pocas, del tipo Eocen, Gamesa, Acciona y Alstom. También pueden acogerse a este cupo las instalaciones cuyo titular sea "una empresa participada mayoritariamente por capital público" con molinos experimentales de ensayo de uno o más tecnólogos. El Gobierno ha decidido dar una gran autoridad a las autonomías a la hora de determinar la validez de estos proyectos.

Siguiendo con la limitación de los abusos en fotovoltaica, la nueva norma cambia también el RD 1578 de 2008. Así, clarifica las condiciones para recibir primas en las categorías de cubierta, techos solares. Se obliga que la potencia contratada por un inmueble para proyectar una planta fotovoltaica sea del 25% del total (la CNE pedía el 50%) para incentivar la generación distribuida, y se excluyen aquellas instalaciones sobre "infraestructuras de invernadero y cubiertas de balsas de riego". Industria había notado una perversión del sistema proliferando proyectos sobre construcciones ligeras de muy poco coste. En definitiva, otra burbuja de huertos solares pero ahora de cubierta.

Por último pega un tajo a las tarifas fotovoltaicas para la siguiente convocatoria de preasignación (nuevos proyectos), del 5%, 25% y 45%, según sean proyectos de residencial, cubierta o suelo. El Gobierno considera que la reducción de estas tarifas reguladas para las nuevas instalaciones fotovoltaicas supondrán un ahorro de 142 millones el próximo año, 202,3 millones en 2012 y 263,4 millones en 2013.

El Gobierno trata mejor a la energía solar de origen térmico, termosolares, estableciendo un régimen específico para instalaciones innovadoras en este campo,con un cupo específico adicional de 80 megavatios al establecido en el Plan 2005–2010. El hecho de que la energía termosolar tenga una tecnología con grandes posibilidades de reducción de costes ha sido decisivo para que las asignaciones de este cupo se realicen a través de un mecanismo de concurso. Al igual que en el caso de las eólicas, las Comunidades Autónomas tendrán mucho que decir en la asignación de estos cupos por la vía de la verificación de los proyectos.

Industria asegura que las modificaciones económicas que el proyectado real decreto incluye "no suponen quebranto del principio de mantenimiento de la rentabilidad razonable (exigido en jurisprudencia del Supremo) con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales" y juega con el concepto de "rentabilidad razonable", no estratosférica.

El hecho de que el nuevo Real Decreto haya sido forzado por el insostenible coste de las fotovoltaicas y la aplicación de determinados requisitos técnicos (los controles de calidad de las instalaciones impedirán como hasta ahora introducir material tecnológicamente desfasado o de muy mala calidad para ahorrar costes), es la explicación que el Gobierno ofrece para que las disposiciones sobre limitación de las horas de funcionamiento y otras modificaciones retributivas en solar y eólica se vayan a transmitir posteriormente, valorando el informe de la CNE y las alegaciones recibidas de las asociaciones de empresas.

La propuesta de la Comisión de establecer un procedimiento de subasta una preasignar las instalaciones en suelo no ha sido desechada del todo por Industria, aunque no considera oportuno su introducción en el Real Decreto.

El Gobierno, sin explicar las razones, ha eliminado el control que en un principio anunció sobre los cambios de titularidad en los proyectos para evitar la especulación increíble que se ha producido en el negocio de renovables.